ORDENANZA MUNICIPAL 142/2020
El Municipio promulgó una ordenanza que prohíbe el uso de bolsas plásticas en lugares comerciales.
Atendiendo al Art. 22 de la Constitución Provincial, la cual dice expresamente "todos los habitantes gozan del derecho a vivir en un medio ambiente sano y equilibrado; para mejorar la calidad de vida y satisfacer las necesidades presentes, sin comprometer la de las generaciones futuras"; se consideró de suma importancia disminuir el uso de bolsas de polietileno y biodegradables, reemplazándolas por bolsas reutilizables que el consumidor debe llevar al momento de realizar su compra.
El objetivo de esta legislación el promover que San Gustavo crezca con un ambiente sano y equilibrado, buscando una sociedad más justa y equitativa en un marco de respeto en el derecho de todos.
La entrada en vigencia de la norma prohíbe “la entrega y uso de la bolsa plástica no reutilizable fabricada a partir de polietileno de baja o alta densidad, o de las mismas características utilizadas para el acarreo o transporte de mercadería y adquirida en comercios”.
De esta manera, a partir de ahora los comercios deberán ajustarse a la normativa y entregar sólo bolsas reutilizables. A partir de esto, se busca concientizar a la población, y generar un cambio de hábitos promoviendo el uso responsable de bolsas ecológicas con el objetivo de disminuir el impacto ambiental.
La ordenanza 142/2020 establece que el personal del Área de Inspecciones y Tránsito puede llevar adelante el control de los comercios, haciendo cumplir dicha legislatura y estableciendo, en caso de ser necesario, penalizaciones por incumplimiento.
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